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Casi un año después de la puesta en marcha del nuevo sistema de Suministro de Información Inmediata la AEAT nos prepara un paquete de novedades que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de Julio de 2018 con su nueva versión SII 1.1.

¿Qué empresas están obligadas a presentar el SII?

  • Las empresas con facturación anual mayor de 6 millones de euros.
  • Las empresas inscritas en el Régimen de Devolución Mensual de IVA (REDEME).
  • Las PYMES y los autónomos que tributes en el régimen especial de grupos de IVA.
  • Aquellos que voluntariamente lo deseen.

Las empresas acogidas al Suministro Inmediato de Información enviaran el detalle de las facturas emitidas y recibidas a través de la sede electrónica de la AEAT y eso implica la llevanza de los siguientes libros registros en formato electrónico:

  • Libro Registro Facturas Expedidas.
  • Libro Registro Facturas Recibidas.
  • Libro Registro Bienes de Inversión.
  • Libro Registro de Operaciones Intracomunitarias.
  • Libro Registro Importes en Metálico.
  • Libro Registro Operaciones de Seguro.

 ¿Cuál son las principales modificaciones en los registros del SII?         

  1. Se introduce un nuevo campo identificativo (nombre- razón social y NIF asociado a la entidad sucedida), para los registros de facturación realizados por una entidad, en su condición de sucesora de otra entidad por operaciones de reestructuración Societaria.
  2. Indicación del periodo de liquidación trimestral o mensual del modelo 303. A partir de ahora, según el periodo de liquidación de la empresa, en la factura deberá consignarse la información del periodo si es mensual, o bien trimestral.
  3. Nueva clave de identificación para la liquidación complementaria Aduana IVA a la importación – Clave LC en el Registro de Facturas Recibidas.
  4. Se incluye una nueva clave – domiciliación bancaria – de medio de cobro/pago de las operaciones acogidas o afectadas por el régimen especial de criterio de caja del IVA.
  5. Se crean dos marcas específicas para las facturas simplificadas -cualificadas (F2) en las que se consignan los datos del destinatario de acuerdo con los apartados 2 y 3 del artículo 7 del RD 1619/2012 y para facturas completas (F1) en cual no es obligatorio identificar el destinatario según el artículo 6.1 d) del RD 1619/2012 tanto para las facturas emitidas como para las recibidas.
  6. Se introduce un identificador que especifica las facturas emitidas/recibidas, con importe superior a 100.000.000 euros (L29).
  7. Se crear un identificador para las facturas con dificultades de enviarse en plazo (L28) por no tener constancia de cambio de condición a gran empresa o de la inclusión en el REDEME.
  8. Se crear un campo adicional de contenido libre denominado referencia externa para añadir la información interna del titular del libro asociada al registro de la factura.
  9. Se renombran algunos campos de registro (por ejemplo, PeriodoImpositivo se renombra con PeriodoLiquidación).
  10. Se crea una nueva marca para las facturas expedidas por terceros. Además, el plazo para la presentación de esas facturas es de 8 días laborables.
  11. Los sujetos pasivos que queden obligados a llevar los libros registros de IVA a través del SII en el curso del ejercicio, están obligados a presentar todos los registros de facturación desde el principio de ejercicio. Se modificó la clave Primer Semestre 2017 con Primer semestre 2017 y otras facturas anteriores a la inclusión. El plazo es hasta el final de ejercicio.

La nueva versión SII 1.1 convivirá con la versión 1.0 hasta el 20 de Julio de 2018.

Todas las adaptaciones a la última versión SII 1.1 ya están disponibles en nuestra aplicación de ClaveiCon desde el mes de junio de 2018.

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